Dinero recuperado de una deducción anterior: la regla del beneficio fiscal
Publicado el 7 de noviembre de 2026
La Publicación 525 (2025), Ingresos gravables y no gravables, explica las recuperaciones. Una recuperación es dinero que usted recibe de vuelta por una cantidad que dedujo o por la que tomó un crédito en un año anterior. Las recuperaciones más comunes son reintegros y devoluciones de deducciones detalladas. Esta guía es información general. No es una opinión sobre su declaración.
La regla del beneficio fiscal
La publicación dice que debe incluir una recuperación en su ingreso en el año en que la recibe. El monto que incluye está limitado. No puede ser mayor que la cantidad en que la deducción o el crédito anterior redujeron su impuesto. Cualquier aumento de un monto trasladado que provino de la deducción o del crédito también cuenta como reducción de impuesto.
Impuesto federal sobre la renta
El impuesto federal sobre la renta que le devuelven no es ingreso. El impuesto federal sobre la renta nunca se permite como deducción del ingreso, así que no hay nada que recuperar.
Impuesto estatal y local sobre la renta
Si recibe dinero de vuelta de un impuesto estatal o local sobre la renta en 2025, por un impuesto que dedujo en un año anterior, generalmente lo incluye en su ingreso. El pagador envía el Formulario 1099-G, generalmente antes del 31 de enero del año siguiente. Si presenta el Formulario 1040 o 1040-SR, la hoja de cálculo del impuesto estatal y local en las instrucciones del Anexo 1 indica el monto que debe incluir.
Si pudo elegir entre deducir el impuesto estatal sobre la renta o el impuesto estatal sobre ventas, el monto que incluye está limitado. El límite es el exceso del impuesto que eligió deducir sobre el impuesto que no eligió. El Ejemplo 26 de la publicación lo muestra. Para 2024, podía deducir un impuesto estatal sobre la renta de $10,000 o un impuesto estatal sobre ventas de $9,000. Eligió el impuesto sobre la renta. En 2025, recibe $2,500 de vuelta. Lo máximo que podría tener que incluir es $1,000.
Dos años en un mismo pago
Si el dinero de vuelta cubre montos pagados en 2 años o más, lo reparte entre esos años. El Ejemplo 28 de la publicación lo muestra. Un contribuyente pagó $4,000 de impuesto estatal estimado de 2024 en cuatro pagos iguales. El último pago fue en enero de 2025. En 2025, el contribuyente recibe $400 de vuelta. Tres cuartas partes del impuesto se pagaron en 2024, así que $300 es una partida recuperada. El otro $100 corresponde al pago de enero de 2025.
Cuándo la recuperación no es ingreso
- Mismo año. Si el dinero de vuelta y el gasto ocurren en el mismo año, la recuperación reduce la deducción. No se informa como ingreso.
- Sin detallar. Si usó la deducción estándar en el año del gasto, no incluya la recuperación. El Ejemplo 29 de la publicación cubre este caso.
- Declaraciones estatales conjuntas. Si antes presentó una declaración estatal conjunta, y este año no presenta con esa persona una declaración federal conjunta, asigne el dinero de vuelta a la persona que pagó el gasto.
El interés que reciba sobre cualquier monto recuperado es ingreso por intereses. El interés hipotecario recuperado en un año posterior aparece en la casilla 4 del Formulario 1098. No lo reste del interés que pagó en 2025.
Pasos sencillos
- Guarde la declaración del año anterior y las hojas de cálculo de deducciones.
- Cuando recibe dinero de vuelta, revise el año en que pagó el monto original.
- Revise el Formulario 1099-G para el dinero de impuestos estatales, o la casilla 4 del Formulario 1098 para el interés hipotecario.
- Use las hojas de cálculo de la publicación y de las instrucciones del Formulario 1040 para calcular el monto que debe incluir.
Para temas relacionados, vea deducción estándar o detallada, deducción de interés hipotecario y Formulario 1098 y dinero de vuelta de impuestos estatales y Formulario 1099-G.
Suba sus documentos y responda unas preguntas sencillas para empezar su declaración.
Fuentes: Fuentes: IRS, Publicación 525 (2025), Ingresos gravables y no gravables, Recuperaciones (https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p525.pdf) Esta es información general, no asesoría sobre su declaración específica.
Más guías sobre: Créditos y deducciones de impuestos