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Blog · Jubilación

Ingreso de pensiones y anualidades: el método simplificado

Publicado el 6 de noviembre de 2026

Una parte de cada pago de pensión o anualidad puede ser la devolución del costo que usted aportó al plan. El resto es gravable. La Publicación 575 (2025) describe cómo separar las dos partes. Esta guía es información general. No es un consejo sobre su declaración.

Su costo se recupera primero

La Publicación 575 dice que puede excluir de sus ingresos una parte de cada pago de anualidad, como recuperación de su costo. La parte excluida se calcula cuando empieza la anualidad y se mantiene igual cada año, aunque cambie el monto del pago. El resto de cada pago es gravable.

Usted elige el método cuando empieza a recibir la anualidad. Lo sigue usando cada año en que recupera una parte de su costo.

Quién debe usar el método simplificado

La Publicación 575 dice que debe usar el método simplificado si su fecha de inicio de la anualidad es posterior al 18 de noviembre de 1996, y se cumplen ambas condiciones:

  1. Recibe pagos de un plan de empleados calificado, de una anualidad calificada para empleados o de un plan de anualidad protegida de impuestos 403(b).
  2. En su fecha de inicio de la anualidad, tiene menos de 75 años, o tiene derecho a menos de 5 años de pagos mínimos (pagos que se hacen aunque usted y cualquier sobreviviente no vivan para recibirlos).

Si la anualidad viene de un plan no calificado, la Publicación 575 dice que debe usar la Regla General. No puede usar el método simplificado en ese caso.

Cómo funciona el método

Con el método simplificado, usted divide su costo entre el número total de pagos mensuales esperados. La Publicación 575 también dice que la fecha de inicio de la anualidad fija el periodo de recuperación, y que la fecha en que completa la hoja por primera vez no lo cambia. Para una anualidad pagada durante una o más vidas, la Publicación 575 dice que ese número sale de una tabla basada en la edad de los beneficiarios en la fecha de inicio de la anualidad. Para cualquier otra anualidad, es el número de pagos mensuales del contrato.

Usted completa la Hoja A de la Publicación 575 para el año. Guarde la hoja completada. Si usó la hoja del año anterior, la Publicación 575 dice que escriba en la línea 4 de esta hoja el monto de la línea 4 de la hoja del año anterior.

Un ejemplo de la publicación

La Publicación 575 usa este ejemplo. Usted excluye $100 al mes, o $1,200 al año, y su costo total es de $12,000. La exclusión termina después de 10 años, o 120 meses. Después de eso, los pagos son, por regla general, totalmente gravables.

La exclusión de una anualidad que empezó después de 1986 no puede superar su costo total. Cuando ya recuperó su costo, el resto de cada pago es gravable.

Dónde va la parte gravable

La Publicación 575 dice que informe el total de distribuciones en la línea 5a del Formulario 1040, y el monto gravable en la línea 5b. El Formulario 1099-R que recibe muestra los pagos. Nuestra guía sobre las distribuciones de jubilación en el Formulario 1099-R explica ese formulario.

Si el titular fallece pronto

La Publicación 575 dice que si usted fallece antes de recuperar todo su costo, el costo no recuperado se permite como deducción por partidas en la declaración final del fallecido. La Publicación 575 usa este caso en su Ejemplo 2: un fallecimiento después del octavo año de jubilación, con $9,600 recuperados (8 × $1,200) y $2,400 no recuperados, de un costo de $12,000. Guarde la hoja completada para mostrar fácilmente el monto recuperado.

Pasos sencillos

  1. Busque en los papeles de su plan la fecha de inicio de la anualidad y su costo total.
  2. Revise si debe usar el método simplificado, según el tipo de plan y su edad.
  3. Complete la Hoja A del año y guárdela.
  4. Informe el total en la línea 5a del Formulario 1040, y la parte gravable en la línea 5b.

Suba sus documentos y responda unas preguntas sencillas. Su preparador revisa cada deducción y cada crédito, y le avisa cuando su declaración esté lista para firmar.

Fuentes: Fuentes: IRS, Publicación 575 (2025), Ingreso de pensiones y anualidades (https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p575.pdf) Esta es información general, no asesoría sobre su declaración específica.

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