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Blog · Deuda de impuestos

Oferta en compromiso: qué es y quién puede solicitarla

Publicado el 5 de noviembre de 2026

Una oferta en compromiso (OIC, por sus siglas en inglés) es un acuerdo entre un contribuyente y el IRS. Salda una deuda de impuestos por menos del monto total que se debe. El IRS puede aceptar una oferta si usted no puede pagar el total, o si pagarlo completo le causaría una dificultad financiera. IRS: Offer in compromise (en inglés)

Una OIC no es el paso correcto para todas las personas. Por lo general, el IRS no acepta una oferta si usted puede pagar la deuda completa con un plan de pagos o usando el valor de sus bienes. Revise primero otras opciones de pago. IRS: Tema n.º 204, Ofertas en compromiso (en inglés)

Quién puede solicitarla

Usted debe cumplir con varias condiciones básicas. Debe haber presentado todas las declaraciones de impuestos requeridas. Debe haber hecho los pagos estimados requeridos para el año en curso. No puede estar en una bancarrota abierta. Si tiene empleados, debe haber hecho los depósitos federales de impuestos requeridos del trimestre actual y de los dos trimestres anteriores. IRS: Tema n.º 204

Revise si cumple los requisitos antes de solicitar. El IRS ofrece una herramienta de precalificación que verifica la elegibilidad y ayuda a preparar una oferta preliminar. Usar la herramienta no significa que el IRS vaya a aceptar la oferta. IRS: Tema n.º 204

Las tres razones por las que el IRS puede aceptar una oferta

  • Duda sobre la deuda. Existe una disputa real sobre si usted debe el impuesto, o cuánto debe. Esto usa el Formulario 656-L.
  • Duda sobre la capacidad de pago. Sus bienes e ingresos son menores que el monto total adeudado. Esto usa el Formulario 656 y los formularios de información de cobro.
  • Administración efectiva de impuestos. No hay duda de que el impuesto se debe y se puede cobrar, pero pagarlo completo causaría una dificultad económica, o sería injusto por circunstancias excepcionales.

El IRS describe estas razones en el Tema n.º 204. La Publicación 594 también las explica. IRS: Publicación 594, El proceso de cobro del IRS (en inglés)

Cómo funcionan los pagos de la oferta

Usted puede ofrecer un pago único o pagos periódicos. Una oferta de pago único se paga en 5 cuotas o menos, dentro de 5 meses o menos después de la aceptación. Una oferta de pagos periódicos se paga en 6 cuotas mensuales o más, dentro de 24 meses después de la aceptación. En ambos casos, el IRS exige un pago junto con la oferta. Esos pagos generalmente no se reembolsan, y el IRS los aplica a su deuda de impuestos. IRS: Tema n.º 204

En la mayoría de los casos también se exige un pago de solicitud. Las personas de bajos ingresos pueden calificar para una excepción. La Certificación de Bajos Ingresos del Formulario 656 explica la prueba. IRS: Formulario 656-B, Folleto de la oferta en compromiso (en inglés)

Mientras la oferta está pendiente

Por lo general, el IRS suspende las acciones de cobro mientras una oferta está pendiente. La suspensión también cubre 30 días después de un rechazo, y cualquier apelación presentada a tiempo. El IRS retiene cualquier reembolso, incluidos los intereses, de las declaraciones presentadas hasta la fecha en que acepta la oferta. IRS: Tema n.º 204

Si la oferta se acepta o se rechaza

Si el IRS acepta una oferta, usted debe cumplir todas sus condiciones. En las ofertas basadas en la capacidad de pago o en la administración efectiva, debe presentar todas las declaraciones y pagar todos los impuestos a tiempo durante 5 años desde la aceptación. Si no lo hace, el IRS puede considerar la oferta en incumplimiento y cobrar la deuda original, menos los pagos hechos, más intereses y multas. IRS: Tema n.º 204

Si el IRS rechaza una oferta, una carta explica el motivo. Usted puede apelar ante la Oficina Independiente de Apelaciones del IRS dentro de 30 días a partir de la fecha de esa carta. Una oferta devuelta es distinta. El IRS la regresa cuando falta un documento requerido, y no hay apelación. Cuando se corrige el problema, la oferta puede presentarse otra vez. IRS: Tema n.º 204

Gravámenes y registros públicos

El IRS no libera un gravamen federal de impuestos hasta que una oferta aceptada se pague por completo. Parte de la información de una oferta puede aparecer en el archivo público de inspección del IRS. IRS: Offer in compromise (en inglés)

Pasos a seguir

  1. Confirme que presentó todas las declaraciones requeridas y que hace los pagos estimados actuales.
  2. Revise primero otras opciones, como un plan de pagos (acuerdo de pagos a plazos).
  3. Use la herramienta de precalificación y lea el folleto del Formulario 656-B.
  4. Reúna los registros financieros que el IRS pide en sus formularios de información de cobro.
  5. Si la oferta se rechaza, lea la carta y anote el plazo de 30 días para apelar.

Información general, no es asesoría sobre su situación.

Fuentes: Fuentes: IRS, Offer in compromise (https://www.irs.gov/payments/offer-in-compromise); IRS, Tema n.º 204, Ofertas en compromiso (https://www.irs.gov/taxtopics/tc204); IRS, Publicación 594 (https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/p594.pdf); IRS, Formulario 656-B, Folleto de la oferta en compromiso (https://www.irs.gov/pub/irs-pdf/f656b.pdf) Esta es información general, no asesoría sobre su declaración específica.

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