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Blog · Créditos

¿Qué es el crédito tributario por hijos y quién puede recibirlo?

Publicado el 29 de octubre de 2026

El crédito tributario por hijos (Child Tax Credit, CTC) puede reducir su impuesto federal sobre la renta dólar por dólar, hasta $2,200 por cada hijo que califique para el año fiscal 2026. Una parte puede ser reembolsable, lo que significa que puede recibir algo de ese dinero aunque no deba impuestos. Si califica depende del hijo, de su ingreso y de que el hijo tenga un número de Seguro Social emitido a tiempo.

¿Qué es el crédito tributario por hijos, en términos sencillos?

Un crédito no es lo mismo que una deducción. Una deducción reduce el ingreso que se grava. Un crédito reduce el impuesto mismo. La Revenue Procedure 2025-32 fija el máximo de 2026 en $2,200 por cada hijo que califique, y la parte reembolsable, el Crédito Tributario Adicional por Hijos (ACTC), en hasta $1,700 por hijo. Usted calcula el crédito en el Anexo 8812 (Schedule 8812, Formulario 1040), Credits for Qualifying Children and Other Dependents, y lo adjunta a su Formulario 1040.

¿Quién cuenta como hijo que califica?

La guía del IRS sobre el crédito tributario por hijos enumera las pruebas principales. En general, un hijo que califica debe:

  • Tener menos de 17 años al cierre del año fiscal. Para 2026, eso significa menos de 17 años al 31 de diciembre de 2026.
  • Ser su hijo o hija, hijastro, hijo de crianza elegible, hermano, medio hermano, hermanastro o un descendiente de cualquiera de ellos, como un nieto o un sobrino.
  • Haber vivido con usted más de la mitad del año.
  • No haber recibido más de la mitad de su propio sostén.
  • Ser reclamado como dependiente en su declaración, y no presentar una declaración conjunta (salvo que esa declaración sea solo para recuperar impuesto retenido o pagado por anticipado).
  • Ser ciudadano o nacional de los Estados Unidos, o extranjero residente, y tener un número de Seguro Social válido para trabajar, emitido antes de la fecha límite de su declaración, incluidas las prórrogas.

¿Cómo afecta el ingreso al crédito?

Recibe el crédito completo si su ingreso bruto ajustado modificado es de $200,000 o menos, o de $400,000 o menos en una declaración conjunta. Por encima de esas cifras, el crédito se reduce. Las instrucciones del Anexo 8812 (edición 2025) y la página del IRS sobre el crédito tributario por hijos usan estas mismas cifras.

¿Cómo se ve un ejemplo práctico?

Solo como ilustración, con cifras redondas inventadas: Leila es madre soltera. Su hijo Mateo tiene 9 años, vivió con ella todo el año y tiene un número de Seguro Social válido. Su impuesto antes de créditos es de $2,600 y su ingreso es de $30,000.

Paso 1: Mateo califica para el crédito completo de $2,200, porque el ingreso de Leila está muy por debajo de $200,000.

Paso 2: Reste el crédito de su impuesto: $2,600 menos $2,200 deja $400.

Si el impuesto de Leila hubiera sido de solo $1,000, el crédito habría eliminado ese impuesto, y parte del monto no usado podría llegar como ACTC, de hasta $1,700 por un hijo, según su ingreso del trabajo. El Anexo 8812 explica ese cálculo. Las instrucciones del Anexo 8812 (edición 2025) indican que el IRS no puede emitir reembolsos, en declaraciones que reclaman el ACTC, antes de mediados de febrero. No planee contando con una fecha de depósito específica.

¿Cuál es el error más común?

Reclamar a un hijo que vivió con el otro padre o madre más de la mitad del año. En una familia separada o divorciada, en general el padre o madre que tiene la custodia es quien reclama al hijo, salvo que firme el Formulario 8332 para ceder el derecho, como explica la Publicación 17. El segundo problema más frecuente es un número de Seguro Social que no se emitió a tiempo. Un hijo sin número válido no cuenta para el CTC, pero sí puede contar para el crédito por otros dependientes si tiene otro número de identificación de contribuyente.

¿Qué debe hacer después?

Confirme la edad de cada hijo al 31 de diciembre, verifique que cada número de Seguro Social sea válido para trabajar y guarde documentos que muestren dónde vivió cada hijo. Si comparte la custodia, decida antes de presentar quién reclama al hijo y si aplica el Formulario 8332. Después use la hoja de cálculo del Anexo 8812 para ver su monto completo.

Aquí tiene una herramienta original que puede usar hoy. Prepare una hoja de una página con una fila por cada hijo:

  1. Nombre y fecha de nacimiento (anote si el hijo cumple 17 años antes del 31 de diciembre).
  2. Número de Seguro Social y tarjeta, confirmando que es válido para trabajar.
  3. Meses que el hijo vivió con usted este año, con un documento como prueba.
  4. Si algún otro adulto podría reclamar al mismo hijo, y si hay un Formulario 8332 archivado.

Si quiere saber más, vea cómo funciona.

Fuentes: Revenue Procedure 2025-32, secciones 4.05(1) y 4.05(2) (montos 2026 del CTC y del ACTC); Instrucciones del Anexo 8812 (Formulario 1040) (edición 2025), requisitos de SSN, límites de ingreso y plazo de reembolsos; página del IRS sobre el crédito tributario por hijos (irs.gov/credits-deductions/individuals/child-tax-credit); Publicación 17 del IRS, <em>Your Federal Income Tax</em> (edición 2025), secciones sobre hijo que califica y Formulario 8332; instrucciones del Formulario 1040. Esta es información general, no asesoría sobre su declaración específica.

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